En “La vida: la experiencia y la ciencia”, ensayo publicado en 1985, Michel Foucault señala:
La vida y la muerte nunca son en sí mismos problemas médicos. Incluso cuando el médico, en su trabajo, arriesga su propia vida o la de otros, se trata de una cuestión o de moral o de política, no de una cuestión científica (1985, p. 14).
El cuerpo es materia de la política. ¿Ha dejado de serlo en algún momento, en alguna época?
Hoy, más que nunca, después de la pandemia, cobra relevancia el debate sobre los umbrales. Umbral entendido como zona de indefinición e intersección entre las ciencias de la salud y las ciencias de lo humano; una zona de indiferenciación en la que el derecho penal se entrevera con la medicina, la sociología y la biología. Toda política es biopolítica.
Toda política es y ha sido biopolítica. Al asumir esta idea, Giorgio Agamben continúa el trabajo de Michel Foucault, quien al final de La voluntad de saber sintetiza el proceso a través del cual, en los umbrales de la vida moderna, la vida natural empieza a ser incluida, por el contrario, en los mecanismos y los cálculos del poder estatal y la política se transforma en biopolítica: “[…] el umbral de modernidad biológica de una sociedad se sitúa en el momento en que la especie entra como apuesta del juego en sus propias estrategias políticas” (2007 p. 173).
Para Giorgio Agamben, la política no se transformó. Desde su origen, siempre ha sido lo que ahora se manifiesta con claridad: biopolítica. En su nacimiento, se encuentra la excepción: el estado de excepción y, con él, el hiato fundamental, la escisión: zoé y bíos, entre voz y lenguaje. Se trata de dicotomías sobre las que Aristóteles estructura la Ética a Nicómaco y la Política. Dicotomías: potestas y auctoritas, amigo y enemigo.
Esta reflexión vinculada al trabajo de Foucault se acompaña de una definición de la soberanía. Carl Schmitt, en su velado diálogo con Walter Benjamin, dice: “Es soberano el que decide sobre el estado de excepción” (2009, p. 13). Esta definición de Schmitt hay que apreciarla a la luz del ensayo de Benjamin: “Para una crítica de la violencia”. En ese sentido, adquiere relevancia la octava tesis sobre el concepto de la historia del propio autor: “La tradición de los oprimidos nos enseña que ‘el estado de excepción’ en que ahora vivimos es en verdad la regla” (2024, p. 32).
El día a día nos demuestra que la nuda vida, que se mantenía escondida en su carácter excepcional, se ha movido al centro. Se aprecia, por lo pronto, en la atención redoblada que el Estado confiere a la Ley General de Salud. Ese lugar en que, no por casualidad, convergen sus intereses: la exhaustiva lista de los psicotrópicos y estupefacientes cuya producción y trasiego se constituye en los delitos “contra la salud”, el doble rasero con el que se mide al fentanilo, la posibilidad de ciertos trasplantes a través de la redefinición legal de la vida y de la muerte. Redefinición esta última que desvela la naturaleza biopolítica de todo poder, el manejo de las emergencias sanitarias en las epidemias. La propia discusión del aborto, en relación con la definición que hacen de la “vida jurídicamente tutelada” (desde la concepción hasta la muerte) las legislaturas de algunas entidades federativas. Los delitos cuyo bien jurídico tutelado es la salud genética, los relacionados con la clonación reproductiva y terapéutica. La polémica en torno a la eutanasia y la eugenesia, la inteligencia artificial y el transhumanismo, la donación, la venta y el tráfico de órganos, esas zonas, en fin, de la discusión en que comienzan a ser indistinguibles el derecho, la medicina, la biología, las ciencias periciales y la filosofía política.
Quienes colaboran en este número 30 de la Revista Mexicana de Ciencias Penales arrojan luz sobre estas intersecciones: sobre los vínculos primigenios entre el poder y la vida, las definiciones aporéticas del derecho penal, las prohibiciones y los mercados ilegales en los que surgen sus correlatos.
Hoy, más que nunca, se impone una reflexión y una lectura atenta sobre estos temas. Para utilizar la expresión de Agamben, las nociones que las ciencias humanas —desde la jurisprudencia hasta la antropología— creyeron garantizadas, exigen, en la urgencia de la catástrofe, una revisión sin reservas.
Renato Sales Heredia
DOI: https://doi.org/10.57042/rmcp.v10i30
Publicado: 2026-09-30